Cuando quiebra una compañía aseguradora, la indefensión de los asegurados es brutal. En el caso de la quiebra de ineas, deja a 10.000 asegurados sin seguro y sin información de como actuar. En Indemnización por Accidente estamos recibiendo multitud de consultas de asegurados de ineas que han sufrido un accidente con lesiones y no les informan de como deben actuar para reclamar su indemnización por lesiones y por los daños materiales.
Facua recuerda a los afectados por Ineas que pueden contratar su nuevo seguro con cualquier compañía y advierte que sólo los siniestros declarados antes del 31-8-20010 podrán ser reclamados a Ineas, pero como la aseguradora holandesa no tiene sede en España, los siniestros declarados con posterioridad ya no podrán ser reclamados al consorcio de compensación de seguros.
Pero de todas las consultas que hemos recibido hoy a este respecto la más curiosa ha sido la de una mujer asegurada por Ineas, que tras sufrir un accidente en el que la culpa fue del conductor de otra aseguradora muy conocida (no vamos a decir el nombre para no tener problemas), esta aseguradora le dice que como su aseguradora este en quiebra que sólo le van a pagar los daños materiales o una indemnización por sus lesiones pero no ambas cosas!!!!
Esto obviamente no tiene ninguna razón de ser, ya que aunque no hubiera tenido seguro, ni carnet y hubiera dado positivo de alcoholemia, si la culpa es del vehículo contrario , este se debe hacer cargo de la reparación del vehículo y del pago de una indemnización por sus lesiones
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Indemnización económica en lugar de coche de sustitución.
Leemos un artículo en el foro de pepecar en el que se mencionan las dificultades que supone la reclamación de los gastos de coches de sustitución cuando se produce un accidente de tráfico.
Nosotros en Indemnización por accidente también sufrimos esto a dirario cuando gestionamos la reclamación de la indemnización de nuestros clientes. Es bastante obvio que uno de los perjuicios que sufre un condcutor de un vehículo que sufre un accidente de tráfico es el no poder usar ese vehículo hasta la definitiva reparación del mismo ya sea a través de coche de sustitución, taxis etc.
Pues irónicamente es el más dificil de reclamar y justificar ante los truibunales españoles, y digo ante los tribunales porque las aseguradoras sabiendo que existe tal dificultad nunca lo pagan de forma amistosa como podemos reflejar en esta contestación en un famosos portal de seguros. En esta respuesta dan la clave del tema : Tienes que justificar mucísimo la necesidad del alquiler del vehículo de sustitución...
Nosotros en Indemnización por accidente también sufrimos esto a dirario cuando gestionamos la reclamación de la indemnización de nuestros clientes. Es bastante obvio que uno de los perjuicios que sufre un condcutor de un vehículo que sufre un accidente de tráfico es el no poder usar ese vehículo hasta la definitiva reparación del mismo ya sea a través de coche de sustitución, taxis etc.
Pues irónicamente es el más dificil de reclamar y justificar ante los truibunales españoles, y digo ante los tribunales porque las aseguradoras sabiendo que existe tal dificultad nunca lo pagan de forma amistosa como podemos reflejar en esta contestación en un famosos portal de seguros. En esta respuesta dan la clave del tema : Tienes que justificar mucísimo la necesidad del alquiler del vehículo de sustitución...
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